El Gobierno decretó que ya no se le deberá pagar a SADAIC por eventos privados
Esta medida forma parte de una serie de modificaciones al Decreto N° 41.223, que regula la propiedad intelectual y los derechos de autor en el país.
El Gobierno Nacional de Argentina ha decretado que ya no será obligatorio pagar a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) por la reproducción de obras musicales en eventos privados. Esta medida forma parte de una serie de modificaciones al Decreto N° 41.223, que regula la propiedad intelectual y los derechos de autor en el país.
Entre los cambios más destacados, el nuevo decreto 765/2024 introduce la figura de "internet" como un nuevo "espacio público", lo que implica que para utilizar obras en plataformas digitales o tecnológicas, se necesitará el consentimiento de los autores y, por lo tanto, se deberá pagar por su difusión.
El decreto también establece que cualquier evento realizado en un ámbito privado, ya sea de ocupación permanente o temporal, estará exento de pagar a SADAIC. Esto incluye salones de fiestas y otros lugares donde se realizan eventos privados, que anteriormente estaban obligados a abonar un porcentaje a SADAIC.
Sin embargo, los autores seguirán teniendo derecho a una remuneración equitativa por la utilización pública de sus obras en eventos que generen un beneficio económico directo o indirecto, siempre que estos se realicen en espacios de acceso público. Excepciones a este pago incluyen el uso de obras con fines didácticos o en conmemoraciones patrióticas en establecimientos educativos oficiales o autorizados por el Estado.
A pesar de estas modificaciones, aún quedan cuestiones pendientes sobre cómo se implementará el pago a los autores por el uso de sus obras en internet, ya que el ciberespacio sigue siendo un área en gran parte no reglamentada.