San Luis: Prisión en suspenso para quien apuntó con un arma de fuego a dos jóvenes
Jorge Omar Leyes fue condenado a tres años de prisión en suspenso por ser autor de los delitos de portación de arma civil
El fiscal Esteban Roche presentó este martes ante el Colegio de Jueces, integrado en esta oportunidad de forma unipersonal por la jueza María Eugenia Zabala Chacur, un acuerdo de juicio abreviado para que Jorge Omar Leyes sea condenado a tres años de prisión en suspenso por ser autor de los delitos de portación de arma civil, abuso de armas y lesiones leves. El acusado y su abogado, Javier Rezzano, prestaron conformidad a la proposición del Ministerio Público Fiscal.
La abreviación del procedimiento es una de las formas alternativas de culminar el proceso penal mediante el cual el imputado reconoce la existencia del hecho y su participación como autor, cómplice o instigador, y acepta la calificación legal que le otorga a ese hecho el Fiscal. Cuando la magistrada le preguntó a Leyes sobre cada una de estas categorías, el hombre de 59 años respondió afirmativamente y se responsabilizó del hecho ocurrido el 7 de julio pasado en una playa de estacionamiento ubicada sobre la calle General Paz, en el micro centro de la ciudad de San Luis.
Ese día, de acuerdo a la acusación fiscal, el imputado llegó al estacionamiento a bordo de su Volkswagen Surán y amenazó con un revólver calibre 22 marca Jaguar cargado con cuatro vainas a Rodrigo y Dardo Otero, y luego forcejeó con uno de ellos. Para la merituación de la pena, Roche mencionó como atenuantes la falta de antecedes penales y como agravantes, las circunstancias de tiempo, modo y lugar.
“La playa está ubicada en un lugar céntrico, muy transitado, con un colegio cerca, y esa peligrosidad debe influir a la hora de merituar la condena”, dijo el fiscal. El abogado de la parte damnificada, Diego de la Cruz Domínguez, manifestó su rechazo al acuerdo de juicio abreviado y pidió que Leyes sea juzgado por tentativa de homicidio.
“Los disparos no salieron sino estaríamos hablando de otra cosa. Me opongo a este acuerdo de abreviación del juicio y pido el cambio de calificación a homicidio en grado de tentativa. Pido también que se dicta una restricción de acercamiento a favor de mis defendidos si se acepta el acuerdo”, dijo el abogado. Las víctimas se expresaron en el mismo sentido y rechazaron la propuesta de juicio abreviado. De acuerdo al artículo 234 del Código Procesal Penal, las opiniones de la parte querellante no son vinculantes.
Luego de esta audiencia, el Tribunal dictará una sentencia donde se expedirá sobre la admisibilidad o no del trámite de juicio abreviado. La decisión del Colegio de Jueces se conocerá en los próximos días. En el supuesto que no se admitiere la abreviación del procedimiento la causa deberá continuar con otros jueces sin que el reconocimiento del imputado se tome como indicio en su contra y la pena que fue pedida por el fiscal no será vinculante para el debate oral.
La finalidad del juicio abreviado es lograr sentencias en un plazo razonable y procurar la economía procesal sin desmedro de la justicia ya que el acuerdo sobre el monto de la pena o el reconocimiento de los hechos deben estar acreditados por las pruebas reunidas en la investigación. La confesión o aceptación de la acusación por parte del acusado debe ser voluntaria y con pleno conocimiento de sus consecuencias.
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