Locales

Habrá una mayor celeridad en el abordaje de causas de violencia familiar y de género

El pasado 27 de junio, se reunieron miembros de la fiscalía para llevar en conjunto acciones que aceleren distintas causas de violencia

El pasado 27 de junio, el Fiscal de Instrucción N°2, Dr. Leonardo Navarini, junto con el Dr. Mathías Guerrero, de la Unidad de Abordaje Fiscal de la Tercera Circunscripción; se reunieron con la Coordinadora provincial del Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario, Lic. Miriam Bottino, y con las profesionales que integran dicho equipo en el referido distrito judicial, Lics. Geraldine Martínez y Miriam Flores.

El objetivo del encuentro, desarrollado en el Juzgado Multifuero con sede en Santa Rosa, fue hablar sobre las competencias del Cuerpo Interdisciplinario al momento de la evaluación de riesgo en causas de violencia familiar y de género en las que interviene la Fiscalía.

MAYOR CELERIDAD EN LAS INTERVENCIONES

“Lo que tratamos fue, más que nada, el tema de la competencia de ese equipo, en qué causas interviene, porque con la modificación del Código Procesal Penal provincial y la modificación del organigrama del Ministerio Público Fiscal, ese Cuerpo Interdisciplinario ha pasado a formar parte del Ministerio Fiscal”, indicó el Dr. Navarini.

En ese sentido, remarcó la importancia que tiene la inmediatez cuando se produce una situación de violencia familiar o de género, y la necesidad que tiene la Fiscalía de comunicarse rápidamente con el Cuerpo Interdisciplinario cuando se recibe la denuncia, para que se pueda realizar la evaluación de riesgo y, en función de ella, solicitar las medidas tutelares necesarias para proteger la integridad psicofísica de la víctima y evitar que el delito siga produciendo consecuencias o las consecuencias se agraven.

“En la reunión, hablamos de la celeridad que deben tener estas evaluaciones, ya que muchas de las medidas que tenemos que dictar requieren autorización judicial, porque estaríamos comprometiendo garantías constitucionales. Por ejemplo, si nosotros consideramos, a partir de la evaluación realizada por el Cuerpo Interdisciplinario, que es necesaria una exclusión del hogar o una restricción de acercamiento, estamos vulnerando una garantía constitucional de la persona denunciada.

Y cuando hay una situación de violencia, las primeras horas son críticas. Cuando la persona se entera de que ha sido denunciada, su ánimo se puede exacerbar, y lo que tenemos que evitar es que las consecuencias sean más graves”, sostuvo el Fiscal.

Con la finalidad de evitar burocracias y acortar los tiempos para la adopción de medidas urgentes, el Dr. Navarini comentó que acordaron con las integrantes del Cuerpo Interdisciplinario que, una vez recibida la denuncia, coordinarán directamente con el equipo, sin necesidad de librar oficio, para que la persona en situación de violencia sea evaluada lo antes posible. También, debido a las distancias que algunas personas deben recorrer para acudir hasta tribunales, convinieron que algunas entrevistas de riesgo puedan realizarse por videoconferencia, para evitar la demora en el traslado, que limita la inmediatez que se requiere en esos casos.

“Es decir, que la evaluación de Riesgo se realizará de forma inmediata, y necesitamos también la celeridad de los juzgados de garantía para que nos otorguen la medida, a fin de lograr que la tutela judicial sea efectiva en favor de la víctima, y no tener esa ventana de 12, 24 o 36 horas en la concesión de la medida. Eso es algo que los dos Fiscales de la Tercera Circunscripción, es decir, el Dr. Leloutre y yo, vamos a tener que coordinar con los jueces de garantía para ver la manera de que esto sea lo más expeditivo posible”. remarcó.

COMPETENCIA DE LA FISCALÍA EN LAS CAUSAS DE VIOLENCIA FAMILIAR Y/O DE GÉNERO

Un punto importante que aclaró el Dr. Navarini, es que los fiscales de instrucción siempre intervienen en las causas penales. “Donde no haya una cuestión penal que se tenga que investigar, la causa de violencia familiar tramitará ante el Juzgado de Familia, que es el que tiene competencia en esas cuestiones. Ellos adoptarán las medidas en esos casos, con intervención del Cuerpo Interdisciplinario, pero ya sería a pedido de los Juzgados de Familia, no de los Fiscales.

Para que una causa por violencia familiar o de género sea considerada penal, el autor del hecho tiene que incurrir en una de las figuras tipificadas en el Código Penal. Generalmente, las figuras que encuadran en hechos de violencia de género o de violencia familiar dentro del Código Penal, son: las lesiones, las amenazas y, en casos lamentablemente mucho más graves, las tentativas de homicidio u homicidios.

En caso de que nosotros recibamos la denuncia, y veamos que no se encuentran elementos que configuren un delito, la derivaremos al juzgado de familia. Igualmente, cuando por familia ingresa una denuncia que tiene contenido penal, familia solicita las medidas urgentes, y nos remite una compulsa para que nosotros investiguemos lo que es el delito propiamente dicho”, puntualizó el Dr. Navarini.

VÍAS DE DENUNCIA

En cuanto a los canales para efectuar denuncias por violencia familiar o de género, el Fiscal recordó que las mismas pueden radicarse de manera presencial ante la Unidad de Abordaje Fiscal, a través de la página Web “Mi Denuncia”; en las Comisarías (en virtud del artículo 101 del Código Procesal Penal, la policía tiene la obligación de recibir la denuncia); e incluso, se puede denunciar vía mail, al correo institucional de la Unidad de Abordaje.

Fuente: Prensa Judicial

Muchas gracias por considerar nuestro trabajo diario.
Tu aporte de $200 nos ayuda a cubrir algunos costos. Donar

Comentarios
Volver arriba