Ley de Nietos: con pocas precisiones, esperan un aluvión de consultas
Se estima que con esta normativa unas 300.000 personas podrán obtener la ciudadanía española.
Este viernes entra en vigencia la "Ley de Nietos" en España que permitirá que miles de argentinos y latinoamericanos puedan acceder a la ciudadanía española.
La "Ley de Memoria Histórica", conocida como "Ley de Nietos", contempla entre otras cosas facilitar el acceso a la ciudadanía a nietos e hijos de aquellos españoles que abandonaron su tierra natal por motivos políticos, ideológicos o de creencia durante el franquismo.
A menos de un día para que esta norma sea publicada en el Boletín Oficial de España, la secretaria del Consulado de España en Mendoza, Silvana Martin, explicó que ha recibido un aluvión de consultas por esta nueva normativa, y que esperan muchas más.
Martin explicó que si bien hay una serie requisitos, todavía quedan muchas especificaciones que deben ser aclaradas para conocer cómo se aplicará esta ley. Además, informó que se encuentra a la espera de un instructivo para los propios diplomáticos que trabajan en el consulado.
LA NORMATIVA SERÁ PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL EL PRÓXIMO VIERNES
Por otro lado, las líneas telefónicas de los consulados de Buenos Aires y Córdoba se encuentran colapsadas ante las consultas por esta nueva ley que se cree, puede beneficiar a más de 300.000 hijos y nietos de emigrantes españoles.
Lo que sí se sabe sobre esta nueva normativa es que no posee un límite de edad para aplicar a diferencia de la actual que solo permite que los hijos de padres españoles pueden obtener la ciudadanía.
Tramitar la ciudadanía
Para obtener la ciudadanía, los interesados deben presentarse con cita previa en el Consulado General correspondiente a su lugar de residencia en Argentina para realizar el trámite, con la siguiente documentación:
- El acta de opción por la nacionalidad española.
- Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
- Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil argentino, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con postilla de La Haya.
- Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
- Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
- DNI argentino del progenitor español.
- DNI argentino del interesado.
- En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado.
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