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Villa Mercedes: imputan a una mujer por impedir el contacto de su hijo con el padre

La madre del pequeño fue imputada por el “delito de impedimento de contacto agravado”.

La jueza de Garantía N°3 de la segunda circunscripción judicial, Mirta Noemí Ucelay, formuló cargos provisorios contra la madre de un niño de 10 años, por impedir el contacto del chico con su padre, a pesar de que existía un convenio firmado ante el Juzgado de Familia.

La audiencia de imputación de cargos se realizó en la mañana de este martes. La madre del pequeño fue imputada por el “delito de impedimento de contacto agravado”.

De acuerdo al Artículo 1 de la Ley 24.270, ese delito prevé: “Será reprimido con prisión de un mes a un año el padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes. Si se tratare de un menor de diez años o de un discapacitado, la pena será de seis meses a tres años de prisión”.

Ucelay explicó a las partes que, más allá de los intereses de cada progenitor, debe prevalecer el interés superior del niño y luego de formular cargos, fijó un plazo de veinte días hábiles a fin de que puedan encontrar  una solución al conflicto.

Leandro Estrada, fiscal de Instrucción, explicó que solicitó la audiencia en función del tipo penal previsto en la Ley 24270: obstrucción o impedimento de contacto agravado.

Dijo que la causa se inició a raíz de que, producto de una relación de pareja, el denunciante y la denunciada tuvieron un hijo que actualmente tiene diez años. Detalló el fiscal que en junio del 2021 – atento encontrarse separados- ambas partes firmaron con patrocinio letrado un convenio de cuidado personal y un régimen de comunicación. Ese acuerdo fue homologado en septiembre de ese año y establecía un cronograma que habían aceptado ambos progenitores.

El 7 de marzo pasado, el Ministerio Público Fiscal de la segunda circunscripción judicial recibió una denuncia en la que el padre del niño informaba que desde el 26 de febrero del corriente año se producía el incumplimiento injustificado de este régimen de contacto, explicó el fiscal.

“Es decir que desde el día 26 de febrero no puede ver a su hijo ni siquiera el día del padre”, señaló Estrada. Enumeró evidencias incorporadas a la causa y solicitó se formulen cargos: “Esta actitud vulnera fundamentalmente los derechos del niño, más allá del derecho de los padres a tener contacto”, indicó. 

Los abogados del padre del niño, Germán Anabitarte y Ali Angel Gay Andrada, se expresaron en la misma dirección que el fiscal.

Por su parte, en representación de la imputada, la abogada Karina Frontera aseguró que la mamá del niño no negó el contacto del padre con su hijo. Explicó que el niño no quiso ver a su papá y que el mismo se encuentra realizando tratamiento psicológico.

Durante la audiencia, que se desarrolló a lo largo de más de una hora, la jueza también dio la palabra a ambos progenitores quienes relataron circunstancias personales y dieron, respectivamente, su versión de los hechos.

Luego de escuchar a las partes, Ucelay consideró que, en definitiva, hay un acuerdo homologado que no se ha cumplido. Destacó que siempre debe prevalecer el interés superior del niño y por ese motivo, formuló cargos provisorios a la madre del niño por el delito de impedimento de contacto agravado. Asimismo, ordenó que, a través del Ministerio Público Fiscal, se le de conocimiento urgente sobre el desarrollo de la audiencia a la Defensoría de Niñez  y convocó a las partes para que  en un plazo de veinte días hábiles puedan llegar a un acuerdo.

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