ANMAT prohibió la comercialización de varios aceites, pastas de maní, aceitunas y productos médicos
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en todo el territorio naciona
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de una serie de productos alimenticios y médicos por diferentes irregularidades.
Las disposiciones fueron publicadas este viernes en el Boletín Oficial y responden en su mayoría a la falta de autorizaciones en sus respectivos establecimientos y a falsas rotulaciones.
En la disposición 161/2020 se prohíbe la comercialización del producto "Aceite de Girasol, marca La Cosecha, 100% vegetal, Industria Argentina, Fraccionado por RNE N° 02003745, Elaborado por RNE N° 13004844 y RNPA N° 025-13028769”, por estar falsamente rotulado, por carecer de registro de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
En tanto, en la 163/2020 también se prohíbe la comercialización de "Pasta de maní, marca: Boris, Industria Argentina, RNE E/T, RNPA E/T, Elaborado por Franco Cambón, Constitución 96, San Miguel de Tucumán” por carecer de registro de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal.
La disposición 166/2020 prohíbe el uso, distribución y comercialización de los productos “Escabeche casero artesanal de nutria”, marca Sabrosos, RNPA: 021/0801596/11, RNE: E/T, Insc. Munic. L/218, Pasaje Suarez 590, Córdoba; “Escabeche artesanal de Berenjenas”, marca Sabrosos, 021/0801596/11, RNE: E/T, Insc. Munic. L/218, Pasaje Suarez 590, Córdoba; “Aceitunas rellenas con roquefort”, marca CB, Insc. Municipal N° 53.024, elaborado por Patricia Acevedo, Mar del Plata esq. Santa Marta, Villa María, Córdoba; “Escabeche Artesanal de Vizcacha”, marca CB, RNPA N° 04048570, RNE 04001515, Habilitación Municipal N° 0036721, elaborado por Adolfo Maestre, Mar del Plata esq. Santa Marta, Villa María Córdoba", hasta tanto se encuentren debidamente registrados.
Otro alimentos prohibidos son el “Aceite marca: Olivo Sagrado, Extra Virgen, RNPA 12-004302, RNE 12-000689, San Blas de los sauces S/N – La Rioja”, por estar mal rotulado, los “Panificados libres de gluten, marca Palluzzi, domicilio Calle 16 Nº 4402, Est. Elab. Exp. Nº 2263, Est. Prov. 4015-4/2015",por carecer de registro de RNE y RNPA y el “Aceite de girasol, marca: LEIRA, Envasado por Distribuidora La Garra, Libertad 4217, San Martín, Buenos Aires”.
Finalmente también se prohibieron una serie de productos médicos como la "Bomba de infusión enteral marca APPLIX SMART AR, Serie N° 22412531", que fue "robado el día 20 de septiembre de 2019 por lo cual la Administración lo dispuso a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado" y el "filtro estéril para jeringa rotulado como "Corning Incorporated, CORNING®, Sterile Syringe filter, Made in Germany" hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica.
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