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BONO de 10000 de ANSES: nueva chance para los rechazados del Ingreso Familiar de Emergencia hoy 22 de abril

La ANSES informó que son más de 4 millones los que se inscribieron para cobrar el bono de $10.000 y en el padrón del Ingreso Familiar de Eme

La ANSES informó que son más de 4 millones los que se inscribieron para cobrar el bono de $10.000 y en el padrón del Ingreso Familiar de Emergencia recibieron como respuesta "solicitud denegada". Esos rechazados del IFE tendrán una nueva chance.

La ANSES abrirá una nueva inscripción para volver a considerar los casos rechazados al IFE  por haberse producido cambios la situación laboral o familiar sobre las que el organismo no tenga registro.

Esa nueva inscripción para los excluídos, los rechazados y los que no llegaron a inscribirse en la primera oportunidad, quedará habilitada a partir de hoy 22 de abril.

Si tu solicitud pasó de "siendo analizada" a "denegada" o directamente fue "denegada", podés reclamar el Ingreso Familiar de Emergencia desde la misma página de ANSES www.anses.gob.ar, en la dirección de mail consultas@anses.gov.ar, o por teléfono al *130.

Los solicitantes del bono de $10.000 cuya inscripción fue rechazada tienen que tener en cuenta los siguientes datos otorgados por la ANSES para que en la nueva inscripción no tengan inconvenientes. Lo mismo en el caso de aquellos que se anoten por primera vez.


Cuándo puedo ingresar a hacer el reclamo

  • 22-4 y 23-4 será el turno para los DNI terminados en 0.
  • 24-4, 25-4 y 26-4 podrán reclamar los DNI terminados en 1.
  • 28-4 y 29-4 para los DNI terminados en 2.
  • 30-4 y 4-5 DNI terminados en 3.
  • 5-5 y 6-5 DNI finalizados en 4.
  • 7-5 y 8-5 DNI terminados en 5.
  • 11-5 y 12-5 DNI terminados en 6.
  • 13 -5 y 14-5 DNI terminados en  7.
  • 15-5 y 18-5 DNI terminados en 8.
  • 19-5 y 20-5 finalizados en 9.

Ansés señaló que prevén tomar alrededor de 25 mil reclamos diarios.

Los datos a tener en cuenta para que la ANSES no te niegue el bono de $10.000

Requisitos para el Ingreso Familiar de Emergencia

Corresponde a:

  • Trabajadores y trabajadoras informales.
  • Trabajadores y trabajadoras de casas particulares.
  • Monotributistas sociales.
  • Monotributistas de las categorías A y B.

Además,

  • Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a 2 años.
  • Tener entre 18 y 65 años de edad.
  • Que el titular o su grupo familiar no tenga ingresos provenientes de:

+un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado.

+ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos.

+una prestación de desempleo.

+jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

+planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales.

El IFE es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y el programa Progresar.

Qué considera la ANSES como "grupo familiar" y qué tengo que hacer para que me acepte

El grupo familiar está compuesto por él, su cónyuge o conviviente y sus hijos menores de 18 años, o sin límite de edad en el caso de hijos con discapacidad.

El grupo familiar podrá considerarse unipersonal por declaración jurada del solicitante.

Cuando el solicitante tenga menos de 25 años, deberá acreditar un domicilio de residencia distinto al de sus padres para que se lo considere un grupo familiar diferente. En caso de tener un hijo, se lo considerará dentro de un grupo familiar distinto aún teniendo el mismo domicilio que sus padres.

La prioridad de cobro en un grupo familiar donde distintos miembros hayan solicitado el IFE será de la mujer.

Qué ingresos y bienes considera ANSES para rechazar un trámite por IFE

Se denegará la solicitud si el solicitante o algún miembro del grupo familiar:

  • Tuvo ingresos en los últimos 6 meses en un promedio mensual superior a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Realizó gastos y/o consumos con tarjetas de crédito y/o débito que superen en más del 70% de los ingresos calculados de acuerdo al punto anterior.
  • Obtuvo rentas financieras por un monto superior a $ 66.917 para el período fiscal 2018.
  • Declaró en el Impuesto sobre Bienes Personales un importe 4 veces superior al importe anualizado del primer punto, y/o la tenencia de automotores por un valor de 1,5 veces el importe anualizado del primer punto, y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones.

Monotributistas y Autónomos

Si sos monotribustista A o B y tenés deuda en AFIP por falta de pago no es un motivo de rechazo de la solicitud.

Si sos monotributista C o superior, o estás inscripto/a como Autónomo, no se aceptará tu solicitud de IFE.

Si te diste de baja como monotributista o autónomo y así consta en las bases de datos de AFIP, se analizará tu preinscripción para ver si cumplís con el resto de los requisitos.

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