Cultura y Sociedad

Los jubilados de la mínima perderán $1.175 mensuales a partir de septiembre

Con la suspensión de la ley, el Estado tendrá un ahorro fiscal de $72.000 millones, según estimaciones del IARAF.

Con la suspensión de la ley, el Estado tendrá un ahorro fiscal de $72.000 millones, según estimaciones del IARAF.

Los jubilados con el haber mínimo recibirán a partir de septiembre $1.175 menos que lo que les habría correspondido si no se hubiese suspendido la ley de Movilidad Jubilatoria, con cuyos criterios el pago sería de $19.304 en lugar de los $18.129 anunciados, de acuerdo con estimaciones del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).

La entidad dirigida por el economista Nadín Argañaraz precisó que el cambio de la ley por la aplicación de aumentos por decreto representará para el Estado nacional un ahorro de $72.000 millones entre diciembre de 2019 y noviembre de este año, aunque a costa de “una pérdida relativa del poder de compra para los jubilados y pensionados bajo lo que correspondía por la ley de Movilidad”.

Los cálculos sobre lo que los jubilados ganaron o perdieron con el cambio de criterio para los ajustes de sus haberes son complicados debido a que en el primer aumento por decreto, en marzo de este año, hubo una combinación de porcentaje (2,3%) con suma fija, que mejoró la posición de las jubilaciones y pensiones más bajas pero deterioró los haberes medios y superiores.

Como los aumentos del junio y septiembre fueron porcentuales y sin suma fija, la comparación es más sencilla y deja en evidencia que todos los niveles de jubilaciones y pensiones fueron desfavorecidas: en junio el incremento fue del 6,12%, cuando hubiera correspondido un 10,89% según la ley de Movilidad, en tanto el 7,50% anunciado para septiembre es inferior al 9,88% si no se hubiese suspendido la aplicación de la ley sancionada en diciembre de 2017.

La ley establecía un actualización de los haberes según la evolución trimestral de los precios minoristas y de los salarios de la economía formal, ocurridos en el trimestre previo con dos trimestres de diferimiento.

“Para determinar la actualización de septiembre 2020, por ejemplo, se considerarían los aumentos del primer trimestre 2020”, indicó IARAF en su análisis, en el que detalló que “la inflación de ese trimestre fue de 7,80% y la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) fue de 14,72%”, por lo que “al ponderarlos por la fórmula de movilidad (el 70% del primer índice y el 30% del segundo) se obtenía de la formula el 9,88%”.

Conforme a la movilidad establecida en la ley, los aumentos de 11,56% de marzo, 10,89% en junio y el 9,88% de septiembre hubieran dando un incremento acumulado del 35,94%.

Con la suma fija aplicada en marzo, las jubilaciones y pensiones inferiores a $16.200 resultaron beneficiadas pero las de montos superiores tuvieron pérdidas en comparación con lo que les hubiera correspondido por la ley suspendida.

En ese sentido, IARAF señaló que ese mes “la jubilación mínima (de $14.068) se benefició con una suba de $197 extras con respecto al aumento que hubiese tenido si se aplicaba el 11,56%”, pero los haberes máximos, por entonces de $103.064, “se vieron perjudicados ya que recibieron $8.044 menos que los que hubiesen surgido de la movilidad”.

La entidad realizó una comparación de los haberes de jubilados y pensionados en el actual esquema de ajustes por decreto y lo que les hubiese correspondido con la ley suspendida.

En el cuadro se distingue por decil de ingreso, lo que cada grupo cobró en junio y cobrará en septiembre, lo que le hubiese correspondido con la ley de Movilidad y la diferencia en junio, en septiembre y el acumulado en todo el período.

“El resultado final de estos aumentos por decreto lleva a disminuir la base de actualización de las jubilaciones y pensiones”, advirtió el Instituto, para aclarar al respecto que “la jubilación mínima bajo movilidad hubiera sido en septiembre de $19.304, mientras que bajo las actualizaciones actuales por decreto será de $18.129”.

En consecuencia, completó, “los ingresos de los jubilados pasan así a depender del componente discrecional (los bonos mensuales) que el Gobierno decida o no otorgar, a cuál grupo otorgarlos y a cuáles no”.

De cara a los futuros ajustes, IARAF subrayó que “es clave comparar el haber base sobre el que se calcularán las siguientes actualizaciones de haberes”, que en todos los casos “es menor bajo el esquema actual que bajo la Ley de Movilidad”.

En ese sentido, indicó que “a partir de junio todos los niveles de jubilaciones pierden respecto a la formula anterior y el menor haber base ‘se va comiendo’ los bonos de principio de año”.

Otro aspecto a tener en cuenta es que “una característica positiva de la fórmula de movilidad suspendida era que en períodos de desinflación como el actual, el poder adquisitivo real de las jubilaciones recuperaba el valor perdido en períodos de aumento de la inflación”, algo que pasa a ser discrecional con los ajustes por decreto.

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