Establecieron nuevas medidas para diez ciudades y localidades de la provincia
De acuerdo a lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia de Presidencia de la Nación, el Comité de Crisis de la provincia dispuso d
De acuerdo a lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia de Presidencia de la Nación, el Comité de Crisis de la provincia dispuso desde este lunes y hasta el 8 de noviembre, inclusive, el aislamiento social, preventivo y obligatorio para Villa Mercedes, Lavaisse, San Luis, Juana Koslay, Potrero de los Funes, La Punta, El Volcán, Concarán, La Toma y San Francisco. Entre otras normas, regirá la circulación de personas según la terminación del DNI y el horario de 6:00 a 21:00 para circular y realizar actividades.
El gobernador Alberto Rodríguez Saá informó que la mayoría de las actividades económicas permanecerán admitidas. Pidió a los comerciantes el cumplimiento de los protocolos y a la comunidad no mantener reuniones familiares o sociales, ya que un gran porcentaje de contagios se da en estos encuentros.
Las medidas preventivas para diez localidades
La circulación de personas y la adquisición de bienes y servicios deberá realizarse de acuerdo a la terminación de DNI: los días pares aquellas personas cuyo DNI finalice en número par y los días impares, los que tengan DNI terminado en impar.
Taxativamente, la circulación y adquisición de bienes y servicios deberá realizarse de 6:00 a 21:00 y bajo esa norma continúan habilitadas las siguientes actividades:
Comercios minoristas y mayoristas.
Centros comerciales minoristas.
Peluquerías, barberías y centros de estética.
Profesiones liberales.
Profesionales de salud privada, cumpliendo el Protocolo para Profesionales de la Salud.
Institutos de aprendizaje como por ejemplo: institutos de idiomas, cocina, danzas, entre otros.
Deportes Fase 2 y 3: gimnasios, centro de pilates, yoga y afines, para lo que se deberá limitar la capacidad máxima de ocupación de sus instalaciones, al 25 %, según lo establecido en los protocolos vigentes.
Actividades culturales presenciales, tales como: autocine, autocirco, autoteatro y museos, entre otros.
Bares y restoranes con un 25 % de ocupación.
Celebraciones religiosas con un 25 % de factor de ocupación.
Deportes individuales: caminata, atletismo, ciclismo, siempre que los mismos se realicen en las proximidades del domicilio, al aire libre con un máximo de una persona.
Se suspenden las siguientes actividades:
El transporte público de pasajeros desde y hacia las ciudades alcanzadas.
Las actividades deportivas de contacto o que impliquen concurrencia masiva de personas, tales como: fútbol, vóley, rugby, karate, natación, judo, básquet, hockey, hándbol.
Las actividades turísticas internas y guías de turismo.
Las visitas a los servicios penitenciarios y a geriátricos.
Continúan suspendidas las salidas recreativas, sociales, reencuentros esenciales familiares y de esparcimiento en espacios públicos y domicilios particulares, independientemente de la cantidad de personas que esta involucre.
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